José Antonio Castro Román, Portavoz IUCA en el Parlamento Andaluz
Nadie discute ya que la actual crisis económica, si bien pudo calificarse de financiera en sus orígenes, está teniendo un terrible impacto en la economía real, con la consiguiente pérdida de empleo y la instalación de nuestro país en un ya largo período de recesión. Recesión que alimenta, a la vez que es consecuencia, un perverso círculo vicioso del que es preciso salir.
Las medidas tomadas hasta ahora por el Gobierno central para salir de esta situación se han caracterizado fundamentalmente por el intento, en gran medida fracasado, de la reducción del déficit público a través de la reducción del gasto. Y en este contexto, ha sido el gasto social el que se ha llevado la peor parte del recorte, a la sombra de una distorsión interesada del concepto de austeridad.
Este tipo de medidas, que contienen una fuerte carga ideológica, olvidan, interesadamente, al menos dos cuestiones indiscutibles.
La reducción del déficit por la vía exclusiva del recorte de los gastos, fundamentalmente sociales, provoca un tremendo sufrimiento social y no está sirviendo para reactivas la economía sino para profundizar en la recesión. En consecuencia, y sobre todo si se pretende a corto plazo, la reducción del déficit no puede convertirse en un objetivo en sí mismo como pretenden los gobiernos conservadores de Europa y España. Además, insistimos, se está demostrando como un objetivo de muy difícil, por no decir imposible, alcance.
La reducción del déficit puede también atacarse por la vía del incremento de los ingresos mediante una política fiscal adecuada, que compense, al menos en parte, la pérdida de ingresos de las instituciones públicas como consecuencia de la caída de la actividad económica.
Es evidente que, en la actualidad, la política fiscal con efectos prácticos en Andalucía reside fundamentalmente en el Gobierno central. De su regulación y decisiones depende en gran medida el grueso de los ingresos de Andalucía. Parece pues razonable que el Gobierno central acometa, lo antes posible, una reforma fiscal global que responda realmente a la aplicación del principio de “que pague más el que más tiene”, y que coloque a España a la altura, en política fiscal, de los países más desarrollados, sobre todo en lo social, de nuestro entorno.
Pero, con independencia de lo anterior, está en el ámbito de las competencias de nuestra Comunidad Autónoma la creación de unos impuestos específicos, que, respondiendo al principio citado, permitan incrementar los ingresos y reducir el impacto en el gasto social de la contención del déficit a que nos obliga el Gobierno central.
Entre estos impuestos, y sin ánimo exhaustivo, cabe citar los siguientes:
Impuesto sobre el depósito de residuos en vertedero: destinado a grabar los posibles impactos en el medio ambiente, derivados de la eliminación de residuos en vertedero.
Impuesto sobre grandes superficies comerciales: destinado a gravar la singular capacidad económica que concurre en determinados establecimientos comerciales como consecuencia de estar implantados como grandes superficies y a compensar al pequeño y mediano comercio, en la medida en que la condición de gran superficie contribuye de una manera decisiva a tener una posición dominante en el sector, además de que puede generar externalidades negativas en el territorio y el medio ambiente, cuyo coste no asumen.
Impuesto sobre los aprovechamientos cinegéticos de Andalucía: para gravar las grandes extensiones, cuya dedicación al aprovechamiento cinegético constituye una infrautilización de las potencialidades económicas y de creación de empleo de las mismas.
Impuesto sobre los viviendas vacías de Andalucía: con el fin de incrementar los ingresos presupuestarios y para cumplimentar el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas de Andalucía al derecho a una vivienda digna, mediante la potenciación del régimen de alquiler, o la dinamización del mercado de compraventa de viviendas, y la disuasión de la inversión especulativa en el sector inmobiliario.
Impuesto sobre tierras infrautilizadas: creado por la Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria, cuyo desarrollo normativo y aplicación deben servir para la creación de empleo y puesta en valor de las tierras infrautilizadas,