La Audiencia Provincial de Almería ha ratificado la condena de cinco años y siete meses de prisión impuesta a I.F.B., responsable del trágico accidente de tráfico que tuvo lugar en enero de 2017 en la Rambla Federico García Lorca. En este siniestro, una mujer perdió la vida tras ser impactada por el vehículo del condenado, quien se dio a la fuga sin prestar asistencia a las víctimas.
El fallo, consultado por Europa Press y que ha sido objeto de un recurso ante el Tribunal Supremo, desestima los recursos presentados tanto por la acusación particular como por la aseguradora y la defensa del acusado. Esta última había solicitado nuevamente la anulación de la sentencia anterior, que había dictado seis años y medio de cárcel, pero fue revocada debido a una falta de imparcialidad en el juicio inicial.
La nueva resolución judicial avala una pena de tres años y cinco meses por un delito de conducción temeraria con homicidio imprudente y lesiones, además de otros dos años y dos meses por omisión del deber de socorro, considerando atenuantes por dilaciones indebidas. Asimismo, se ordena al condenado el pago de 636.281 euros en indemnizaciones a los familiares de la víctima.
En su decisión, la Audiencia subraya que se valoraron adecuadamente las pruebas presentadas, especialmente en lo relacionado con el delito de omisión del deber de socorro. A pesar de que algunos testigos alertaron a los servicios de emergencia tras el accidente, el condenado tenía un "deber personalísimo" de ayudar a las víctimas y no lo hizo al abandonar el lugar sin atenderlas.
Además, se rechazan las alegaciones del acusado respecto a una supuesta predisposición condenatoria en la sentencia. Se señala que su comportamiento previo al impacto —saltar varios semáforos en rojo y circular a "una velocidad muy superior a la permitida"— era relevante para determinar su culpabilidad. La Audiencia también desestima cualquier atenuante relacionada con una posible confesión del acusado, ya que su versión no contribuyó a esclarecer los hechos.
Respecto a las alegaciones sobre el uso del cinturón de seguridad por parte de la víctima, se confirma que su ausencia agravó las consecuencias fatales del accidente. La Audiencia considera que los seis años transcurridos hasta llegar al juicio son excesivos para un caso que no presenta complejidades significativas.
Los hechos ocurrieron alrededor de las 8:00 horas del 8 de enero de 2017. I.F.B. conducía un todoterreno BMW "de forma agresiva", ignorando señales fundamentales como un semáforo en rojo en la intersección con la calle Canónigo Molina Alonso. Su imprudencia llegó a poner en peligro incluso a otros vehículos correctamente alineados.
Al llegar a otra intersección con semáforo también en rojo, el acusado colisionó con un coche ocupado por cinco personas, provocando un choque "de gran intensidad". Como resultado del impacto, dos pasajeros fueron expulsados del vehículo. Tras esta colisión inicial, I.F.B. chocó contra otro automóvil estacionado antes de detenerse finalmente.
A pesar del caos generado, I.F.B. no ofreció ayuda alguna a las víctimas esparcidas por el lugar; simplemente abandonó el sitio sin verificar su estado. El conductor y copiloto del vehículo afectado sufrieron heridas graves junto al esposo de la fallecida; mientras tanto, una niña pequeña resultó prácticamente ilesa.
Lamentablemente, la mujer sentada en el centro del asiento trasero "sin portar cinturón" falleció debido a sus lesiones severas. La juez determinó esta falta basándose en pruebas periciales presentadas por la compañía aseguradora, contradiciendo así las declaraciones inconsistentes ofrecidas por los ocupantes del vehículo durante la investigación.
Cifra | Descripción |
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5 años y 7 meses | Condena al conductor |
636,281 euros | Indemnización a los familiares de la víctima |
6 años | Tiempo hasta el juicio |
20% | Reducción de indemnización confirmada |