La Audiencia Provincial de Almería ha dictado una sentencia condenatoria de cinco años de prisión para dos hombres de nacionalidad argelina. Ambos fueron hallados culpables de un delito relacionado con los derechos de los ciudadanos extranjeros tras haber patroneado una embarcación que transportaba a 29 migrantes desde Argelia hasta las cercanías del municipio almeriense de Carboneras en agosto de 2024. En la misma resolución, se les absolvió de otro cargo similar por hechos ocurridos el mes anterior debido a la falta de pruebas que confirmaran su participación.
Según la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, los acusados operaron la embarcación "en connivencia con otras personas no identificadas", quienes habrían cobrado alrededor de 8.000 euros por cada migrante para facilitar su llegada a las costas españolas.
El fallo judicial detalla que la embarcación, una semirrígida con una eslora aproximada de 7,20 metros, "carecía de toda medida de seguridad". No contaba con elementos esenciales como chalecos salvavidas, bengalas, luces de navegación ni equipos de radiocomunicaciones.
La sentencia establece que el viaje comenzó en la costa argelina alrededor de las 2:00 horas del 5 de agosto de 2024 y se desarrolló "en condiciones meteorológicas adversas", con vientos entre fuerza tres y cinco y olas que alcanzaban los 1,25 metros. Esta situación, sumada a la "sobrecarga" y al "tamaño insuficiente" del barco, representó un "grave riesgo para la vida e integridad" de los migrantes a bordo.
Además, el tribunal subraya que la patera navegó a través de una zona donde había 74 buques mercantes, lo que incrementaba el riesgo de colisión dado que carecía de luces de posición.
Por otra parte, la Sala decidió absolver a los acusados por un incidente anterior ocurrido el 19 de julio de 2024. En este caso, no se pudo "afirmar con la certeza exigible" que ellos estuvieran al mando de otra embarcación localizada por la Guardia Civil cerca del Cabo de Gata. La defensa solicitó su libre absolución basándose en esta falta de evidencia.
A pesar de que las grabaciones realizadas por los agentes mostraron a un hombre cuyos rasgos eran similares a uno de los acusados y otro con características parecidas al segundo, el tribunal concluyó que no se podía establecer "con la certeza exigible" que fueran ellos ni que desempeñaran funciones como patrones del barco.
La sentencia no considera circunstancias que agraven ni atenúen la responsabilidad penal. Además, impone el comiso de los efectos intervenidos y establece que cada acusado deberá pagar una cuarta parte de las costas procesales. Contra esta decisión cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dentro del plazo estipulado de diez días.
Cifra | Descripción |
---|---|
5 | Años de prisión impuestos a los acusados. |
29 | Número de migrantes a bordo de la patera. |
8,000 | Cantidad en euros que pagó cada migrante por el traslado. |
7.20 | Eslora de la embarcación en metros. |
1.25 | Altura máxima de las olas en metros durante el viaje. |