ANDALUCÍA

Restaurantes en Almería podrán cobrar tarifas por cancelación de reservas

Los consumidores almerienses deben conocer sus derechos ante las nuevas tarifas de cancelación en restaurantes durante la temporada navideña

Lola Benavides | Lunes 15 de diciembre de 2025

Durante la temporada navideña, el sector de la restauración experimenta un notable aumento en su actividad. En este contexto, la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado a los consumidores y usuarias sus derechos al visitar restaurantes y bares, enfatizando que tienen la posibilidad de reclamar o denunciar cualquier práctica irregular o ilegal que se presente en estos establecimientos.

Con el incremento de las reservas en estos días festivos, es importante señalar que la normativa prohíbe a los restaurantes cobrar un suplemento por gestionar una reserva. Sin embargo, sí pueden solicitar un pago anticipado para confirmar la misma, siempre que esta cantidad no suponga un coste adicional al precio final. Este importe debe ser descontado del total consumido y debe comunicarse claramente a los clientes. Los usuarios deben verificar que dicho descuento se aplique correctamente en la factura final.

Políticas de cancelación y formas de pago

Los establecimientos también están autorizados a aplicar tarifas por la cancelación de reservas, siempre que el cliente no avise con suficiente antelación, generalmente 24 horas antes. Es fundamental que estas políticas sean comunicadas de manera clara y visible antes de formalizar cualquier reserva. Además, si un restaurante decide cobrar por servicios como pan o aperitivos similares, esto será legal siempre que se haya informado previamente a los consumidores sobre los costos.

En lo que respecta a las formas de pago, al igual que otros comercios, los restaurantes no están obligados a aceptar pagos con tarjeta, aunque esta opción es muy común entre los clientes. Tienen la obligación de aceptar efectivo hasta un límite de 1.000 euros y deben informar claramente si no aceptan tarjetas. Asimismo, ningún establecimiento puede imponer una comisión adicional por el uso de este método de pago.

Derechos del consumidor en restaurantes

Una práctica ilegal frecuente en algunos locales es ofrecer menús y listas de precios únicamente a través de dispositivos digitales como códigos QR. Las cartas deben estar disponibles físicamente para todos los consumidores, pudiendo complementarse con otros medios visuales como pizarras o murales, todos ellos obligatoriamente en castellano. El uso del código QR debe considerarse solo como una opción adicional.

Tampoco es legal negar el acceso al agua del grifo si así lo solicita el cliente; los establecimientos no pueden obligar a comprar agua embotellada. Además, no se puede exigir propina ni utilizar el concepto de "cobro por servicio" para forzar su pago. Dejar propina es una decisión completamente voluntaria del consumidor. Para más información sobre prácticas ilegales comunes en el ámbito de la restauración, se puede consultar una sección específica en la web de Consumo Responde.

Asesoramiento disponible para los consumidores

Para resolver dudas o consultas relacionadas con temas de consumo, los ciudadanos pueden acceder a Consumo Responde, un servicio gratuito diseñado para ofrecer información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias. Este servicio está impulsado por la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía. Se puede contactar mediante el número gratuito 900 21 50 80 o a través del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es en horario laboral.

Además, hay disponibilidad para recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales provinciales, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y diversas organizaciones dedicadas a defender los derechos del consumidor.

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