Sucesos

El TSJA reduce drásticamente la condena a un ladrón que asaltó viviendas en Almería

La justicia rebaja de once a cuatro años la prisión para un recurrente de robos tras considerar que dos de los asaltos en la capital no han sido probados con claridad

Miércoles 18 de marzo de 2026

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado una sentencia que modifica sustancialmente el futuro judicial de un hombre procesado por una serie de robos con fuerza perpetrados a finales de 2024. Tras la revisión del caso, la Sala de Apelación ha decidido recortar la pena inicial de once años a solo cuatro, al determinar que no existen pruebas de cargo suficientes para vincular al acusado con dos de los tres asaltos que se le atribuían originalmente en la ciudad de Almería.

El único hecho que se mantiene con firmeza en la resolución judicial es el ocurrido la madrugada del 30 de octubre de 2024 en el barrio de Oliveros, en Almería. En aquella ocasión, el individuo trepó por la fachada de un inmueble hasta alcanzar el ventanal del salón. Mientras el propietario descansaba, el intruso se apoderó de 150 euros en efectivo, tabaco y una cartera. La clave para su condena fue el uso inmediato de las tarjetas bancarias sustraídas; apenas una hora después, las cámaras de seguridad de varios comercios y un servicio de taxi captaron al sospechoso realizando pagos que sumaron algo más de 120 euros.

Por el contrario, el tribunal ha decidido absolverlo de un robo previo denunciado entre el 28 y 29 de octubre en el barrio de El Zapillo, también en Almería. En este caso, la acusación se basaba en que el hombre portaba un carrito de la compra muy parecido al robado un día antes. Sin embargo, los magistrados consideran que este indicio es demasiado débil para romper la presunción de inocencia, señalando que "ni siquiera puede afirmarse con la rotundidad exigible que el carrito que portaba ese día fuera el que se sustrajo de la vivienda", especialmente cuando no se halló en su poder ningún otro objeto del botín.

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La justicia también ha exculpado al procesado de un tercer asalto ocurrido el 7 de noviembre en la zona de Altamira, donde supuestamente se sustrajo un ordenador portátil mediante el método del escalo. Aunque en dependencias de la Policía Nacional el detenido llegó a confesar que había vendido el equipo por 40 euros, dicha admisión carece de validez legal al no haber sido ratificada posteriormente ni en sede judicial ni durante el juicio oral. Al no encontrarse el dispositivo en su poder, el tribunal entiende que no hay base probatoria para mantener la condena por este episodio.

A pesar de que el individuo cuenta con un historial de cinco sentencias previas por robos con fuerza, tres de ellas ya extinguidas, el tribunal ha desestimado la petición de la Fiscalía para aplicar la agravante de multirreincidencia de forma más severa. El fallo definitivo se concentra así en el robo de Oliveros, tipificado como robo con fuerza en casa habitada en concurso con un delito de fraude, dejando sin efecto las penas más graves que se le impusieron en la primera instancia por la Audiencia de Almería.

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