El Ayuntamiento de Carboneras, en la provincia de Almería, ha decidido actuar como acusación particular al impugnar el recurso de apelación presentado por el exalcalde Cristóbal Fernández (PSOE). Este recurso busca revertir la sentencia que, en marzo de 2022, lo condenó a siete años de inhabilitación especial para ejercer cualquier empleo o cargo público. La condena se debe a un delito de prevaricación administrativa relacionado con la adjudicación directa de obras para la sustitución del alumbrado público del Paseo Marítimo, que ascendieron a cerca de 500.000 euros.
Según información proporcionada por Europa Press, el Consistorio ha solicitado a la Audiencia Provincial que desestime el recurso interpuesto por Fernández y confirme la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería. Más de cuatro años después de la resolución inicial, se requirió al Ayuntamiento que designara abogado y procurador en un plazo breve, advirtiendo sobre las consecuencias de no hacerlo.
En su escrito, el Ayuntamiento argumenta en contra del “pretendido error de hecho en la apreciación de las pruebas” señalado por la defensa del exalcalde. El Consistorio sostiene que Fernández intenta sustituir la valoración realizada en sentencia por su propia interpretación interesada. Según su opinión, hay “prueba de cargo válida y suficiente”, y las conclusiones alcanzadas se basan en una evaluación “racional y lógica” de las evidencias presentadas.
La sentencia original estableció que Fernández, quien ocupó el cargo entre octubre de 2007 y junio de 2011, adjudicó directamente las obras mediante una resolución firmada el 8 de septiembre de 2008, sin seguir los procedimientos administrativos requeridos. Aunque se argumentó que el Ayuntamiento realizaría los trabajos con medios propios, finalmente fueron dos empresas las que llevaron a cabo las obras, percibiendo cantidades significativas del presupuesto municipal sin contar con un expediente formal.
La resolución judicial concluyó que el entonces alcalde priorizó su “propia voluntad” sobre los intereses generales del municipio y favoreció a las empresas contratistas. Además, se destacó que el Ayuntamiento tuvo que devolver una subvención otorgada por la Junta de Andalucía debido a irregularidades como la falta de autorización para subcontrataciones.
Respecto al segundo argumento del recurso, desde la acusación particular se defiende que la sentencia aplicó correctamente la ley y que los hechos probados cumplen con creces los requisitos del delito imputado. Se atribuye a Fernández un propósito “deliberado y consciente” para evadir controles administrativos esenciales.
El Ayuntamiento también refuta el argumento presentado por la defensa acerca del mantenimiento previo realizado por una de las empresas involucradas desde 1993, afirmando que esta situación no exime a ninguna actuación del cumplimiento con las normas generales sobre contratación administrativa.
La sentencia dictada en 2022 calificó como “flagrante” la ilegalidad cometida por Fernández, indicando que no podía ignorarla dada su experiencia previa en gestión pública. Mientras tanto, la Fiscalía había solicitado inicialmente ocho años de inhabilitación; sin embargo, la defensa buscaba su absolución.
| Cifra | Descripción |
|---|---|
| 7 | Años de inhabilitación |
| 492.182 | Importe de la adjudicación directa para el alumbrado público |
| 134.982 | Monto percibido por una de las empresas contratadas |
| 360.937 | Monto percibido por la otra empresa contratada |