La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha ratificado de manera íntegra la condena de dos años de cárcel dictada previamente por el Juzgado de lo Penal número 4 del municipio almeriense contra una mujer procesada por un delito de robo con intimidación. La sentencia confirma además que la condenada no podrá aproximarse a menos de 500 metros de la víctima ni comunicarse con él a lo largo de un trienio, al tiempo que le impone la obligación de restituir los 4.000 euros sustraídos a la víctima, un varón de 81 años.
Los sucesos se desencadenaron en diciembre de 2022. La procesada entabló contacto con el afectado un día antes de los hechos, ganándose su confianza con el pretexto de prestarle auxilio dada su avanzada edad y situación de soledad. Sin embargo, en la mañana siguiente transformó radicalmente su actitud hacia un comportamiento coercitivo y hostil, llegando a atemorizar al anciano mediante la presencia continua de dos individuos desconocidos que lo vigilaban en la vía pública y vertiendo advertencias directas como "mal se va a poner la cosa".
Bajo este clima de coacción, el perjudicado efectuó una primera extracción de 1.000 euros de su entidad bancaria para guardarlos en un cajón de su domicilio. Apenas treinta minutos más tarde, fue presionado para regresar a la sucursal y retirar otros 3.000 euros. Tras ello, la mujer acudió a otro banco para depositar 3.900 euros en una cuenta bancaria a nombre de su hija menor, en la que aparecía como representante legal. Al retornar a su casa, el octogenario constató que los primeros 1.000 euros custodiados también habían desaparecido.
El recurso de la defensa pretendía la absolución alegando inconsistencias en el testimonio del denunciante al contrastarlo con las imágenes de videovigilancia. No obstante, los magistrados de la Audiencia Provincial concluyen que no existe discrepancia alguna y que las grabaciones, junto con los extractos bancarios de los movimientos realizados, respaldan por completo la versión del afectado.
A su vez, el tribunal ha tildado de "inverosímil" el argumento defensivo en el que la investigada sostenía que el dinero correspondía a un préstamo voluntario a devolver progresivamente, remarcando la ausencia de documentos que lo acreditasen, la falta de contacto posterior con el anciano y la incapacidad de justificar el origen de la totalidad de los fondos ingresados. Por todo ello, el fallo judicial desestima el recurso y deja firme la condena impuesta.