El 10 de octubre de 2026, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden INT/1068/2026, que contiene el Acuerdo del Consejo de Ministros del 6 de octubre de ese mismo año. Este acuerdo aprueba la nueva Directriz Básica de Planificación de Protección Civil para la autoprotección de centros y establecimientos que pueden generar situaciones de emergencia.
La normativa establece criterios unificados para la elaboración, implementación, mantenimiento y revisión de los planes de autoprotección, con el fin de optimizar la prevención de riesgos y mejorar la coordinación con los servicios públicos de emergencia.
Novedades y obligaciones clave
Entre las principales novedades introducidas por esta directriz se encuentran varias obligaciones significativas para hospitales, centros sanitarios y otras instalaciones con riesgo potencial:
- Nuevos sujetos obligados: La normativa afecta a hospitales y centros sanitarios que tengan una altura de evacuación igual o superior a 28 metros o una ocupación mínima de 500 personas, además de otras instalaciones consideradas en riesgo.
- Actualización periódica: Los planes deberán ser actualizados cada cinco años, mientras que su adaptación a planes territoriales o especiales requerirá revisiones cada cuatro años.
- Simulacros y formación: Se establece la obligación de realizar al menos un simulacro anual, así como formar al personal e implementar procedimientos efectivos para alerta, alarma, evacuación y socorro.
- Control administrativo: Los planes elaborados por hospitales y centros de Atención Primaria estarán sujetos a inspecciones y registros por parte de las administraciones competentes.
- Catástrofes naturales y accidentes graves: Se exige un refuerzo en la respuesta ante eventos como terremotos, erupciones volcánicas o accidentes con sustancias peligrosas, garantizando también la continuidad asistencial y el bienestar mental de los afectados.
- Sustitución normativa: Esta directriz complementa lo establecido por la Ley 17/2015 y el Real Decreto 524/2023 (Norma Básica de Protección Civil), reemplazando definitivamente el anterior marco del Real Decreto 393/2007, que había estado en aplicación provisional hasta ahora.
Afrontando nuevos desafíos
Este nuevo marco normativo tiene un impacto directo en las actividades e instalaciones incluidas en su ámbito, buscando que sus planes no sean meros documentos administrativos, sino herramientas operativas actualizadas y coordinadas con la planificación general en materia de protección civil.
La aprobación de esta directriz representa un avance hacia una planificación más homogénea en emergencias a nivel nacional. Para las organizaciones afectadas, el desafío radicará en traducir estas exigencias en procedimientos concretos con responsabilidades definidas, recursos adecuados y ejercicios regulares que permitan evaluar su eficacia. La correcta aplicación dependerá tanto de la adaptación continua de los planes existentes como de la colaboración efectiva con las autoridades responsables en protección civil. El objetivo final es mejorar la preparación ante situaciones críticas y minimizar los riesgos asociados para las personas, infraestructuras y su entorno.
La noticia en cifras
| Concepto |
Cifra |
| Altura mínima de evacuación |
28 metros |
| Ocupación mínima |
500 personas |
| Frecuencia de actualización de planes |
Cada 5 años |
| Revisión de adaptación a planes territoriales |
Cada 4 años |
| Simulacros obligatorios |
Al menos 1 al año |