La movilidad urbana en Almería y en el resto de la provincia afronta un cambio normativo trascendental con la puesta en marcha del Registro de Vehículos Personales Ligeros. Esta medida, aprobada recientemente por el Consejo de Ministros mediante un real decreto, establece la obligatoriedad de que todos los vehículos de movilidad personal, conocidos popularmente como patinetes, queden inscritos en el Registro Nacional de Vehículos gestionado por la Dirección General de Tráfico. Este trámite administrativo se convierte en un requisito indispensable para que los usuarios puedan cumplir con la Ley 5/2025 de 24 de julio, la cual impone la obligación de asegurar estos vehículos para circular por las vías públicas del Estado español.
Los propietarios de patinetes en Almería, o sus tutores legales en el caso de que los usuarios sean menores de edad, deben realizar este procedimiento de forma telemática a través de la sede electrónica de la Dirección General de Tráfico. Una vez completada la inscripción, el titular recibirá un certificado que le permitirá adquirir una etiqueta identificativa, la cual deberá ser colocada obligatoriamente en el porta-identificador del vehículo. Para facilitar este proceso a la ciudadanía, se ha habilitado el número de teléfono 060 como vía de asistencia técnica para resolver dudas sobre el registro de estos dispositivos, que en el conjunto de España ya superan los cuatro millones de unidades en circulación.
La nueva regulación también contempla los procedimientos de cambio de titularidad y baja definitiva de estos vehículos en la provincia. En el caso de que un propietario almeriense decida vender su patinete, los intervinientes en la transacción disponen de un plazo de treinta días para solicitar el cambio de nombre ante Tráfico, aportando el modelo oficial y la documentación del vehículo para obtener un nuevo certificado digital
Por otro lado, la retirada de la circulación de un patinete al final de su vida útil deberá gestionarse exclusivamente en centros autorizados para el tratamiento de vehículos, quienes se encargarán de comunicar la destrucción y baja electrónica del dispositivo al registro correspondiente.
El incumplimiento de esta normativa conlleva importantes consecuencias económicas para los usuarios en Almería. La ley sobre responsabilidad civil y seguro establece que carecer de la póliza obligatoria será sancionado con multas que oscilan entre los 202 y los 610 euros. No obstante, la gravedad aumenta si se circula por la vía pública con un vehículo de movilidad personal sin el seguro en vigor, en cuyo caso las sanciones pueden alcanzar desde los 250 hasta los 800 euros.
La cuantía final dependerá de si el aparato es catalogado como vehículo personal ligero o vehículo a motor, distinción que se basa en criterios como un peso superior a 25 kilogramos o una velocidad que exceda los 14 kilómetros por hora. Ante la inminente entrada en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, las autoridades hacen un llamamiento a la responsabilidad de los conductores almerienses para regularizar su situación y garantizar la seguridad vial en el entorno urbano.