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Audiencia Provincial confirma nueve meses de prisión para una madre por dejar a su hijo solo en un coche
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Audiencia Provincial confirma nueve meses de prisión para una madre por dejar a su hijo solo en un coche

​El menor permaneció sin vigilancia en el aparcamiento del centro comercial Torrecárdenas durante más de 40 minutos con las puertas del vehículo cerradas

lunes 05 de enero de 2026, 18:01h
Última actualización: martes 06 de enero de 2026, 11:20h
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​La Audiencia Provincial de Almería ha ratificado la condena de nueve meses de prisión impuesta a una mujer que dejó a su hijo de dos años de edad solo en el interior de un vehículo estacionado en un centro comercial de la capital almeriense. Los magistrados de la Sección Segunda han desestimado el recurso de apelación presentado por la representación procesal de la acusada, confirmando así la sentencia previa dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Almería por un delito de abandono temporal de menores. La resolución judicial mantiene igualmente la prohibición de que la mujer se aproxime al menor a una distancia inferior a los 200 metros durante un periodo de un año y nueve meses.

​Los hechos que han motivado esta resolución jurídica ocurrieron el pasado 9 de mayo de 2025 en el aparcamiento del centro comercial Torrecárdenas. La mujer estacionó el vehículo y dejó al niño dormido en su correspondiente sillita de seguridad, con las puertas cerradas y sin ningún tipo de supervisión adulta, entre las 20.11 horas y las 20.53 horas. Durante ese intervalo de más de 40 minutos, el menor quedó desasistido, lo que según el tribunal generó una situación de grave desamparo y un riesgo potencial para su integridad física, independientemente de que no llegara a materializarse un daño concreto.
​La intervención se desencadenó tras el aviso de un vigilante de seguridad del establecimiento, quien detectó la presencia del pequeño en el interior del turismo. A pesar de que se realizaron diversos avisos a través del sistema de megafonía del centro comercial para localizar a la responsable del vehículo, estos no obtuvieron respuesta inicial alguna. Ante la persistencia de la situación, fue necesaria la intervención de efectivos de la Policía Nacional, quienes tuvieron que custodiar el coche durante un tiempo prolongado hasta que finalmente regresó la acusada. El tribunal ha valorado especialmente que la mujer no se encontraba sola en el recinto, sino que iba acompañada de otros adultos, lo que le habría permitido delegar el cuidado del niño en lugar de dejarlo sin custodia.
​En su argumentación para desestimar el recurso, la Audiencia Provincial de Almería sostiene que el delito de abandono de menores no requiere necesariamente de un peligro real y consumado, sino que es suficiente con que la conducta sea calificada como peligrosa de antemano. Al situar al menor fuera del ámbito protector de quien ejerce su guarda, se incurre en una infracción penal que el tribunal ha considerado plenamente acreditada mediante las declaraciones de los agentes policiales, el testimonio del personal de seguridad y el análisis de las grabaciones de las cámaras de videovigilancia del aparcamiento. La sentencia subraya que no se trató de una simple pérdida de vista momentánea, sino de una decisión que vulneró los deberes de cuidado hacia el menor.
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