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Condenado a cuatro años de cárcel un monitor de patinaje por agredir a una niña en Almería
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Condenado a cuatro años de cárcel un monitor de patinaje por agredir a una niña en Almería

La justicia impone además una década de inhabilitación para trabajar con menores tras respaldar el testimonio de la víctima y las pruebas genéticas

martes 21 de julio de 2026, 10:25h
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Un instructor de patinaje ha sido condenado a cuatro años y un mes de prisión en Almería tras determinarse su autoría en un delito de agresión sexual perpetrado contra una de sus alumnas, de siete años de edad. Los hechos tuvieron lugar durante una práctica deportiva en la que la menor era la única alumna presente, circunstancia de la que se valió el adulto para realizarle tocamientos no consentidos.

El dictamen judicial de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial enfatiza que el procesado se valió de la posición de ascendente moral que le otorgaba su rol docente, el margen de confianza depositado por la familia de la niña y la diferencia de 37 años existente entre ambos. Durante la jornada del 8 de junio de 2022 en la capital de Almería, el implicado trasladó a la víctima a una zona apartada, le retiró parte de la indumentaria y tocó sus zonas íntimas. La Sala no estimó probado que aconteciera un abuso de mayor entidad técnica como sostenían las acusaciones, las cuales solicitaban penas de hasta 12 años de privación de libertad.

La solidez en el relato de la menor resultó determinante para el tribunal. La pequeña verbalizó lo sucedido ante sus progenitores esa misma noche y rechazó volver a las clases de una actividad que hasta la fecha le entusiasmaba, manteniendo una versión coherente durante las fases del procedimiento. Dicha manifestación quedó reforzada por los informes científicos elaborados por el laboratorio de criminalística de la Guardia Civil, cuyos peritos detectaron restos genéticos compatibles con el acusado en la cara interna de la prenda íntima de la menor, desmontando la coartada del procesado, quien aducía no haber estado a solas con ella.

Junto a la pena de internamiento en centro penitenciario, el fallo fija una indemnización de 7.000 euros a favor de la víctima por perjuicios morales y le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la menor, de su domicilio o de su colegio durante cinco años. Adicionalmente, se imponen cinco años de libertad vigilada a ejecutar tras la estancia en prisión, la privación o inhabilitación de derechos de patria potestad o tutela por un quinquenio y diez años de inhabilitación absoluta para ejercer cualquier oficio con contacto directo con menores. La resolución dictada no es firme y admite recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

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