Tras la actuación de FACUA Almería, CaixaBank ha reembolsado a un usuario 546 euros que pagó de la cuota de financiación de la instalación de placas solares con Social Energy. La empresa entró en concurso de acreedores y nunca llegó a realizar los trabajos.
Rubén, vecino de Huércal de Almería, contrató con octubre de 2025 con Social Energy la instalación de unas placas solares en la vivienda de su madre. Debido al alto coste, de 6.800 euros, decidió financiar la colocación con CaixaBank lo que ascendió el importe total a 9.369,60 euros tras añadirle intereses y otros gastos.
Una vez realizada la contratación, el socio comenzó a realizar el pago de la cuota mensual de la financiación, a razón de 78 euros cada mes. Sin embargo, los meses empezaron a pasar y la empresa no inició la instalación de las placas solares en ningún momento ni respondió nunca a los intentos de Rubén de contactar con ella.
En marzo de 2026, Social Energy se declaró definitivamente en quiebra y entró en concurso de acreedores, dejando a cientos de afectados por toda Andalucía con instalaciones de placas solares pagadas y a medio realizar o directamente sin empezar.
El afectado se dirigió entonces a la administración concursal para comunicarle su situación y, en paralelo, acudió a FACUA Almería para pedirle que le ayudara a reclamar a CaixaBank la paralización de la financiación, dado que el fin para el que se había contratado —la instalación de las placas solares— no se iba a producir.
El equipo jurídico de la asociación se dirigió a la entidad bancaria para exigirle la paralización de la financiación, así como la devolución de las siete cuotas que Rubén había pagado hasta el momento. Una cantidad que ascendía a 546,56 euros.
En su escrito, FACUA Almería recordaba que el artículo 29 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, señala que para créditos contratados «exclusivamente para financiar un contrato relativo al suministro de bienes específicos», el consumidor podrá pedir su finalización en caso de que «los bienes o servicios objeto del contrato no hayan sido entregados en todo o en parte, o no sean conforme a lo pactado en el contrato».
En su respuesta, la entidad bancaria atendió a la reclamación de la asociación, señalando que procedía a «anular la operación de financiación, quedando así el contrato cancelado» y que el usuario «ha pagado siete mensualidades de importes 78,08 euros cada una, resultando un total de 546,56 euros». Rubén ya ha recibido el dinero.