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Detenido por abandonar atado a un poni con una pata rota y sin comida
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Detenido por abandonar atado a un poni con una pata rota y sin comida

sábado 26 de enero de 2019, 15:15h

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El artículo 337 del Código Penal castiga con hasta un año de prisión al que injustificadamente maltrate a un animal y le cause lesiones


Agentes de la Policía Nacional han detenido en Almería a un varón por un presunto delito de maltrato y abandono animales al no haber atendido a los cuidados requeridos por su poni, y tener fracturada una pata.

La investigación se inició cuando la Policía Nacional tuvo conocimiento de la existencia de un poni lesionado y abandonado en un paraje descampado de la Rambla de Belén -Almería-. El animal se encontraba atado a un árbol, sin alimentos y no podía apoyar la pata delantera izquierda.

Una vez trasladado el animal al Centro Zoosanitario de Almería, agentes de la Comisaría de Almería se entrevistaron con la veterinaria del centro, quien mediante un informe certificó que presentaba desnutrición y una fractura en su pata delantera izquierda, la cual se intentó sanar con un entablillado artesanal y provocó una soldadura inadecuada de la pezuña, quedado rígida a 90 grados impidiendo su apoyo.

Las pesquisas policiales condujeron a la identificación del actual propietario del animal, respondiendo a las iniciales de A.S.M. de 34 años de edad, el cuál además no había cambiado la titularidad en el microchip.

El detenido, que ha pasado a disposición judicial, ha entregado en donación al animal al Centro Zoosanitario de Almería, dónde se le dispensarán los cuidados necesarios.

El delito de maltrato animal

En el artículo 337 del Código Penal se castiga con hasta un año de prisión al que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente a un animal doméstico, amansado, o aquel que viva salvaje, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o lo someta a explotación sexual.

Utilizar armas o medios peligrosos para la vida del animal, ensañarse con él, causarle la pérdida de un órgano, sentido o miembro, o maltratarlo en presencia de un menor de edad serán consideradas conductas agravantes. Además de la pena de prisión, los maltratadores podrán ser inhabilitados, no sólo para trabajar con animales, sino para su tenencia con carácter general.

Si se hubiera causado la muerte del animal se impondrá una pena de seis a dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

Además, la Convención Europea para la protección de los animales de 13 de noviembre de 1987, ratificada por España en el BOE de 11 de octubre de 2017 destaca en su artículo 4 que "toda persona que posee un animal es responsable de su salud y su bienestar y por ello, le obliga a procurar que las instalaciones, los cuidados y la atención que se dispense al animal tengan en cuenta sus necesidades etológicas, conforme a su especie y a su raza".

Todos contra el #MaltratoAnimal


La Policía Nacional está lanzando de forma periódica diferentes mensajes a través de sus distintos perfiles en redes sociales, -como @policia en Twitter, www.facebook.com/policianacional o en Instagram- para concienciar sobre el delito de maltrato y abandono de animales, solicitando la colaboración ciudadana para denunciar este tipo de conductas.
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