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El TSJA insta a Carboneras a finalizar la revisión de la licencia del Algarrobico

El TSJA insta a Carboneras a finalizar la revisión de la licencia del Algarrobico

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía da un plazo de diez días al Consistorio para remitir el expediente al Consejo Consultivo, rechazando las "meras excusas" alegadas

jueves 27 de noviembre de 2025, 20:21h
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido un auto en el que ordena al Ayuntamiento de Carboneras, en la provincia de Almería, que "tramite" y "culmine" de manera definitiva el expediente iniciado el pasado mes de julio para la revisión de oficio de la licencia de obras del polémico hotel de El Algarrobico. El tribunal rechaza las alegaciones del Consistorio, calificándolas de "meras excusas" para justificar el incumplimiento de lo acordado judicialmente.

La Sala de lo Contencioso-administrativo ha dado un plazo de diez días al Ayuntamiento de Carboneras para que remita el expediente al Consejo Consultivo de Andalucía (CCA). El auto advierte que, de no hacerlo y acreditarlo ante la Sala, el Consistorio podría incurrir en la responsabilidad a que haya lugar.

El tribunal considera que la remisión del expediente al Consejo Consultivo, como paso administrativo, "no ha de tener especial dificultad", ni requerir "especiales conocimientos", desestimando así las alegaciones del Ayuntamiento sobre la falta de secretario municipal para efectuar la labor, ya que señala que esta tarea puede ser asumida también por quien ejerza las funciones de dicho cargo.

El tribunal subraya que la revisión de oficio de la licencia se lleva a cabo "en ejecución de sentencia que así lo ordena", con el objetivo de lograr la nulidad del permiso municipal, que data de enero de 2003, y que fue declarado por el Tribunal Supremo con "vicios de nulidad". El mandato judicial obliga a tramitar y finalizar el expediente "de forma inmediata", lo que lleva a la Sala a rechazar "de plano" las peticiones tanto del Ayuntamiento de Carboneras como de la promotora, Azata del Sol, para archivar el caso una vez iniciado el expediente.

El auto judicial ataja que, tras la emisión del dictamen por parte del Consejo Consultivo, se procederá a dictar la resolución de terminación del procedimiento de revisión de oficio, y se dará cuenta inmediata a la Sala en ambos pasos. El tribunal concluye que "consta de forma evidente que no ha sido culminada la ejecución de la sentencia dictada", considerando las alegaciones de la promotora durante la tramitación como "intrascendentes" para el cumplimiento de la sentencia.

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