Es muy interesante la lectura del voto particular en el que se fundamenta el magistrado del Tribunal Constitucional, Ricardo Enríquez Sancho, en relación con la Sentencia recaída en la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña.
Desde un buen criterio jurídico, aunque pienso que España en el marco de las relaciones internacionales está cogiendo una deriva de incertidumbre en la gobernanza y gestión pública, considera el magistrado Enríquez Sancho que no se debería de haber pronunciado sobre la impugnación del Partido Popular contra la citada Ley Orgánica 1/2024 en el Tribunal Constitucional, procediéndose a la suspensión del procedimiento incoado al efecto y plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea – TJUE-.
Ahora, la Sentencia del TC será recurrida ante el TJUE y la resolución que recaiga será de obligado cumplimiento para todos los países miembros de la UE al prevalecer la primacía del Derecho de la UE sobre cualquier otras disposición nacional contraria, ya sea anterior o posterior, obligando a los tribunales nacionales a garantizar la plena eficacia de la norma europea, incluso frente a leyes nacionales o resoluciones, como en este caso, de los tribunales constitucionales.
Otra cuestión, a pesar de los sentimientos contrariados de una parte del hemiciclo del Congreso de los Diputados, especialmente de aquellos cuyos pensamientos enrevesados de matices secesionistas e involucionistas nos quieren hacer percibir, mediante un quiebro de cintura, que la Constitución española de 1978 –CE-, no solo en su propio articulado, sino de la propia génesis parlamentaria en la configuración de la Carta Magna durante la Transición política, no viene a prohibir de forma expresa el hecho político de aprobar una ley de amnistía por las Cortes Generales, dándose con esta Sentencia una cobertura subjetiva a una ley orgánica que se percibe, desde la racionalidad y objetividad jurídica, que es vulneradora de los concordantes artículos 62.2 y 66.i de nuestra CE.
En fin, España en el abismo democrático ante un plurinacional Frente Popular que está llevando a cabo un proceso político que pretende desfigurar nuestra nación, desmantelar sus instituciones y quebrar la convivencia.