El dictamen 831/2025 propone correcciones técnicas en el cálculo de avales para la restauración del espacio afectado por las industrias extractivas en la provincia
El Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido el dictamen 831/2025 en relación al proyecto de decreto que regulará el régimen de las garantías de restauración de las actividades mineras en la Comunidad Autónoma.
Este documento jurídico, solicitado por la Consejería de Industria, Energía y Minas, analiza la nueva normativa que impactará directamente en el sector extractivo almeriense, especialmente en las singulares explotaciones del municipio de Macael.
La ponencia, a cargo de María del Carmen Mingorance Gosálvez y el letrado mayor Tomás Requena López, avala la competencia de la administración autonómica para legislar en esta materia, fundamentada en el Estatuto de Autonomía y en la legislación básica de España sobre protección del medio ambiente y régimen minero.
Uno de los puntos clave para la provincia de Almería reside en la gestión de las garantías financieras en el área de Macael. El Consejo Consultivo destaca la necesidad de reordenar el preámbulo de la norma para explicar con mayor claridad la convivencia de entidades explotadoras con el Ayuntamiento de Macael, que actúa como entidad concesionaria no explotadora. La experiencia acumulada en estas concesiones aconseja un procedimiento que asegure la restauración de la superficie afectada en caso de que el explotador no constituya la garantía, permitiendo que sea la persona o entidad titular del derecho minero quien asuma esta responsabilidad para garantizar la protección del entorno natural. El dictamen subraya que esta obligación del titular debe ser independiente de las posibles consecuencias económicas o cláusulas previstas en los contratos de arrendamiento con las explotadoras.
El dictamen señala deficiencias técnicas en la redacción del articulado que deben ser subsanadas antes de la aprobación definitiva del decreto por el Consejo de Gobierno. Entre ellas, se advierte una omisión importante en el artículo 4.5, donde falta la frase que obliga a constituir las garantías a través de medios electrónicos. Asimismo, el órgano consultivo solicita que la posibilidad de fraccionar el pago de la garantía total de restauración se regule de forma independiente, vinculándola a la planificación de la explotación y permitiendo una constitución progresiva siempre que sea compatible con los planes de labores autorizados por la autoridad minera. Se hace especial hincapié en que la resolución de otorgamiento debe fijar con precisión el importe total del coste de restauración de la explotación antes del inicio de cualquier labor de investigación o extracción.
En cuanto a la fórmula de cálculo de las garantías financieras específica para las concesiones de Macael detallada en el anexo, el Consejo Consultivo ha detectado errores de coherencia que podrían dificultar su aplicación técnica. El informe advierte que en la explicación de los elementos de la fórmula se mencionan variables como "Kw" y "Jr" que no figuran en la expresión matemática, mientras que otros parámetros presentes, como "Qi" o "St", no han sido definidos. Esta observación resulta fundamental para aportar seguridad jurídica a las empresas del sector del mármol, asegurando que el importe fijado cubra con exactitud la rehabilitación del espacio afectado.
Finalmente, el dictamen también insta a modificar la disposición final primera para clarificar las competencias normativas y evitar la caducidad de los derechos mineros por falta de avales. El Consejo Consultivo sostiene que la aprobación de una guía para el cálculo de las garantías debe recaer en la persona titular de la Consejería y no en la Dirección General de Minas, dado que estas instrucciones tienen vocación de permanencia y naturaleza reglamentaria. Con estas correcciones, el procedimiento de elaboración de la norma se considera ajustado a las previsiones legales, permitiendo avanzar en una regulación que busca equilibrar la actividad industrial minera con la protección medioambiental en el territorio andaluz.