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Almería formalizará en breve el contrato para Plan Estratégico del Casco Histórico

Aprobada la nueva Ordenanza reguladora de autorización de actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, en establecimientos o instalaciones públicos, que será ahora elevada a Pleno

martes 03 de junio de 2025, 15:41h

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El Ayuntamiento de Almería ha aprobado, en Junta de Gobierno Local, declarar que el licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa para la contratación de los servicios de redacción del Plan Estratégico del Conjunto Histórico de Almería, con un presupuesto base de 230.687,99 euros y un plazo de ejecución de seis meses, ha sido la presentada por ‘Desarrollo de Proyectos Nheo, S.L.P.’


Es este definitivamente el paso previo a la firma del contrato con el ganador del concurso de ideas convocado por el Ayuntamiento de Almería, en colaboración con el Colegio Oficial de Arquitectos de Almería, para el diseño de este Plan Estratégico, proyecto presentado con el nombre de ‘Dos Corazones’. Un contrato que, como ha explicado hoy la portavoz municipal del Equipo de Gobierno en rueda de prensa, Sacramento Sánchez, se espera pueda quedar rubricado en breve


Será entonces, a partir de la firma del contrato, cuando los adjudicatarios de este procedimiento comiencen a elaborar este documento, que deberá servir para articular las acciones estratégicas dirigidas a la puesta en valor del Casco Histórico, “en la que se viene trabajando desde hace años desde la iniciativa municipal”, ha recordado.

Sánchez ha recordado, en su caso dirigiéndose al grupo socialista y a su nueva portavoz, “que estamos ante un procedimiento reglado y que, al no quedar registrada la propuesta del licitador en tiempo y forma, por un problema a la hora de subir su oferta al portal de contratación, el procedimiento se tuvo que declarar desierto”.

“Hemos sido ágiles, diligentes y rigurosos, como en todos los procedimientos”, ha replicado, en referencia al Grupo Municipal Socialista, insistiendo en que “en breves fechas también serán testigos de la firma de este contrato para que los ganadores de este concurso de ideas desarrollen el trabajo que tienen por delante”.


Ordenanza actividades recreativas

La portavoz municipal ha dado cuenta también hoy de sendos acuerdos, impulsados por el Área de Urbanismo y Vivienda que se aprobaron el pasado viernes en Junta de Gobierno Local.

Así ha informado de la aprobación una nueva Ordenanza municipal, en este caso reguladora de autorización de actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, en establecimientos o instalaciones públicos ubicados en zonas de titularidad privada.

El nuevo texto, que tendrá ahora que seguir su trámite administrativo y aprobarse inicialmente por el Pleno de la Corporación, viene a regular el procedimiento, requisitos técnicos, documentación administrativa requerida, así como el plazo de antelación mínima con que debe presentarse la solicitud de autorización para la celebración de actividades de carácter extraordinario en establecimientos o instalaciones públicos en Almería

Unas actividades estas de las que se ha producido un aumento significativo, organizadas desde la hostelería, restauración, ocio y esparcimiento, favorecidas además por una normativa autonómica que, como consecuencia de la COVID, aumentaba de 12 hasta un máximo de 24 el número de actividades recreativas extraordinarias que se pueden organizar en un mismo establecimiento público.

De esta forma el Ayuntamiento de Almería viene a regular específicamente espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales (aquellos que se celebren o desarrollen durante períodos de tiempo iguales o inferiores a seis meses, tanto en establecimientos públicos fijos o eventuales) y extraordinarias (aquellos que se celebren o desarrollen específica y excepcionalmente en establecimientos o instalaciones, sean o no de espectáculos públicos y actividades recreativas, destinados y legalmente habilitados para desarrollar otras actividades diferentes a las que se pretenden organizar y celebrar, y que por tanto no están previstos en sus condiciones de apertura y funcionamiento, con el límite máximo de 24 espectáculos públicos o actividades recreativas extraordinarias al año en un mismo establecimiento o instalación).

No quedan incluidas en esta ordenanza supuestos como espectáculos taurinos y festejos taurinos populares, actividades de turismo activo y ecoturismo, cinegéticas, o espectáculos públicos y actividades recreativas que se desarrollen y discurran en aguas de dominio público, excepto los que tengan lugar en la zona marítimo-terrestre o portuaria, o aquellos que estén relacionados con la navegación aérea.

La ordenanza recoge además en su articulado que la solicitud, junto con la documentación necesaria, deberá presentarla con una antelación mínima de 30 días naturales a la de la celebración del evento.


Modificación Plan Parcial

Se ha aprobado también el documento de avance de la 7ª Modificación Puntual del Plan Parcial SUNP-TOYO-01, promovido por Mañas Cano S.L. El objeto de esta modificación de las Ordenanzas Reguladoras del Plan Parcial Toyo-1, es el de eliminar la obligatoriedad de la instalación de gas en las edificaciones, permitiendo el uso de otras energías ambientalmente sostenibles dentro de las autorizadas por el Código Técnico de Edificación en lo que refiere a las condiciones de ahorro energético.

El acuerdo pasará ahora su periodo de consulta pública, por 30 días, y se solicitará de este instrumento de planeamiento, la evaluación ambiental estratégica, siguiendo una tramitación administrativa que tendrá además que ser elevada a Pleno para su aprobación

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