La Sección de Apelación Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha emitido una sentencia que modifica las condenas impuestas inicialmente a dos individuos, previamente condenados por delitos contra la salud pública y defraudación de fluido eléctrico en El Ejido. El fallo judicial, que se dio a conocer el 25 de junio de 2025, procede de un procedimiento abreviado originado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de El Ejido y tramitado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería. La sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Almería fue dictada el 9 de mayo de 2024.
En el marco de esta resolución, la Sala ha absuelto a dos de los condenados en primera instancia por los delitos de salud pública y defraudación eléctrica, y ha confirmado el resto de la sentencia para el resto de implicados.
Los hechos que motivaron este proceso judicial se remontan al 6 de octubre de 2022, cuando se llevó a cabo una entrada y registro en varios inmuebles de El Ejido, autorizada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de dicha localidad. En dos de las viviendas inspeccionadas, se encontraron plantaciones de marihuana: 54 plantas en una de ellas y 138 en la otra, junto con enseres para su cultivo.
La investigación reveló que uno de los implicados había realizado, por sí mismo o a través de un tercero, una instalación con enganches irregulares a la red eléctrica. Esta conexión ilegal tenía como finalidad suministrar energía a las viviendas para el cultivo de las plantaciones. Se cuantificó un perjuicio económico total para la entidad distribuidora de 8.655,76 euros por una de las viviendas y de 4.871,34 euros por la otra. En la vivienda donde se hallaron 138 plantas, estas estaban valoradas en 3.298 euros, y se encontraron además 709 gramos de picadura de marihuana en cogollos, valorados en 4.204 euros.
En otra de las propiedades, los agentes encontraron 34 papelinas de heroína, valoradas en 231 euros; 66 papelinas de cocaína, con un valor de 462 euros; una roca de cocaína y heroína envuelta en plástico; dos piedras de hachís; una bolsa con 18 gramos de hachís, valorada en 114 euros; varias bolsas y botes con cogollos de marihuana, valorados en 2.982 euros; y 54 plantas de marihuana, tasadas en 45.456 euros, junto con básculas de precisión.
Otro de los implicados, en una vivienda diferente del mismo bloque, en un registro realizado el mismo día, se le encontraron 180 plantas de marihuana de unos 30 cm de altura, valoradas en 9.033 euros. Para el suministro de energía necesario para el cultivo de estas plantaciones, se había realizado una instalación con enganches irregulares a la red eléctrica, causando un perjuicio económico de 4.618,74 euros a la compañía distribuidora.
Las muestras recogidas en todas las viviendas fueron analizadas en laboratorio, confirmando la presencia de diversas cantidades y tipos de sustancias. Entre ellas, hojas de cannabis con diferentes pesos y purezas, resina de cannabis, heroína y cocaína, todas destinadas a la venta a terceras personas.
Asimismo, en la vivienda donde residía uno de los acusados, se encontró el 17 de octubre, ya en dependencias policiales, un arma corta, modelo Walter, calibre 9mm parabellum, con un cargador y 97 cartuchos. Esta arma, apta para el disparo, está catalogada como arma de fuego corta y requiere licencia para su tenencia y uso, licencia que el morador no poseía.
La Audiencia Provincial de Almería había condenado a uno de los implicados como autor de un delito contra la salud pública a dos años de prisión y 13.000 euros de multa; por defraudación de fluido eléctrico a ocho meses de multa y una indemnización de 4.618,74 euros a la empresa suministradora; y por tenencia ilícita de armas a un año y dos meses de prisión.
A otro de los implicados se le impuso una pena de tres años y nueve meses de prisión y multa de 60.000 euros por un delito contra la salud pública, además de ocho meses de multa y una indemnización de 8.655,76 euros y 4.871,34 euros a la compañía eléctrica por defraudación de fluido.
Para un tercer implicado, la condena inicial fue de tres años y nueve meses de prisión y 60.000 euros de multa por un delito contra la salud pública, sumando también ocho meses de multa y las mismas indemnizaciones por defraudación de fluido eléctrico.
Finalmente, el cuarto implicado fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión y 70.000 euros de multa por delito contra la salud pública, más ocho meses de multa y las mencionadas indemnizaciones por defraudación eléctrica.
La sentencia original ordenó el comiso del dinero, los objetos y las sustancias intervenidas, así como su adjudicación al Estado, con destino al Fondo de Bienes Decomisados.
Tras los recursos de apelación interpuestos, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha modificado los hechos probados. Se ha determinado que uno de los acusados fue el único responsable de la instalación eléctrica ilegal en las viviendas para el cultivo de las plantaciones, causando los perjuicios económicos mencionados. No obstante, se ha concluido que otros dos de los acusados no participaron en dicha instalación ni en las actividades de cultivo o en la transmisión de las sustancias estupefacientes.
En cuanto a la tenencia ilícita de armas, la defensa de uno de los condenados alegó falta de pruebas. Sin embargo, el tribunal ha ratificado que el arma fue hallada en uno de los compresores de aire acondicionado intervenidos en la vivienda utilizada por el acusado. Aunque se cuestionó la cadena de custodia del aparato, el tribunal ha desestimado las alegaciones, basándose en la fiabilidad de la prueba practicada.
La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha absuelto a dos de los condenados en primera instancia por los delitos contra la salud pública y defraudación de fluido eléctrico, declarando de oficio la mitad de las costas procesales que les fueron impuestas. El resto de la sentencia recurrida ha sido confirmada, y se han declarado de oficio las costas de esta segunda instancia. Esta sentencia es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.