El Tribunal Supremo ha dictado el cierre definitivo de la causa judicial contra el actual alcalde de Carboneras, Salvador Hernández, al confirmar su absolución por los delitos de prevaricación administrativa de los que se le acusaba.
La sentencia del alto tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras contra el fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ya había revocado la condena inicial de trece años de inhabilitación impuesta por la Audiencia Provincial. Con esta resolución, el Tribunal Supremo no solo ratifica la inocencia del regidor, sino que además impone al consistorio el pago de las costas procesales derivadas de este último trámite.
El fundamento del Tribunal Supremo para rechazar el recurso se basa en cuestiones procesales, señalando que la casación no es una vía para reevaluar las pruebas o modificar los hechos probados en instancias anteriores. Según el fallo, buena parte de la absolución dictada por el TSJA emanaba de declaraciones personales y testimonios, lo que imposibilita una revisión en esta fase sin celebrar una nueva audiencia pública para escuchar al acusado, un trámite que no contempla este tipo de recurso extraordinario. Por tanto, el tribunal avala la conclusión de que las adjudicaciones mediante contratos menores realizadas por Hernández durante su mandato entre 2011 y 2017 no fueron ni clamorosas ni manifiestamente ilegales, ni se acreditó una conducta deliberada para burlar la normativa vigente.
La argumentación que en su día utilizó la Sala de Apelación de Granada, y que ahora queda firme, subrayaba la ausencia de dolo en la actuación del primer edil. El TSJA ya advertía que, aunque el sistema de pluralidad de contratos menores pudiera ser discutible desde una interpretación técnica de la normativa del sector público, esto no implicaba un torcimiento intencionado de la ley. Un dato determinante para la justicia ha sido la inexistencia de reparos o advertencias por parte de la secretaría municipal durante aquellos años, así como la falta de oposición por parte de otros concejales o grupos municipales de la localidad. Además, se ha destacado que muchas de estas decisiones contaban con el respaldo de la Junta de Gobierno Local y que las empresas contratadas no mantenían vínculos personales con el alcalde, habiendo trabajado algunas de ellas para el ayuntamiento con anterioridad a su llegada al cargo.
La sentencia definitiva también corrige los razonamientos de la Audiencia Provincial que habían sustentado la condena inicial. El TSJA calificó de carentes de respaldo probatorio las afirmaciones que atribuían la conducta de Salvador Hernández a motivaciones personales como la egolatría o la voluntad de mando. Al contrario, se resalta que la pasividad del resto de responsables públicos y de los funcionarios de asesoramiento ante dichas contrataciones contradice la tesis de una ilegalidad flagrante. Con este fallo, queda sin efecto la inhabilitación que pesaba sobre el político carbonero, quien retomó la alcaldía de la localidad el pasado mes de marzo de 2024 tras una moción de censura.