El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado recientemente la Orden de 15 de diciembre de 2025, que convoca ayudas dirigidas a los municipios andaluces para llevar a cabo actuaciones frente al cambio climático. Esta iniciativa cuenta con un presupuesto total de cinco millones de euros, gestionada por la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
El objetivo principal de esta convocatoria es apoyar a las entidades locales en el desarrollo de proyectos que combatan el cambio climático desde el ámbito municipal. Las ayudas están orientadas tanto a la mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero como a la adaptación a los efectos del calentamiento global. Se busca transformar espacios urbanos y periurbanos, incorporando criterios que fomenten la resiliencia climática y soluciones basadas en la naturaleza.
Beneficiarios y distribución del presupuesto
Los beneficiarios de estas subvenciones serán los ayuntamientos de los municipios andaluces, divididos en dos líneas según su tamaño poblacional. La primera línea está destinada a localidades con una población igual o superior a 50.000 habitantes, mientras que la segunda se dirige a aquellas con menos de 50.000 habitantes, utilizando como referencia los datos más recientes del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
El crédito inicial para esta convocatoria asciende a cinco millones de euros, distribuidos equitativamente entre ambas líneas, con 2,5 millones para cada una. Para el ejercicio 2026 se asignan 1.351.240 euros por línea, mientras que para 2027 se destinan 1.148.760 euros en cada caso. Esta planificación plurianual facilita el desarrollo adecuado de los proyectos municipales.
Subvenciones cofinanciadas y cuantía máxima
Las subvenciones estarán cofinanciadas por el Programa Andalucía FEDER 2021-2027 y fondos propios del Gobierno andaluz. Estas ayudas contribuyen al objetivo específico RSO 2.4, enfocado en favorecer la adaptación al cambio climático y la prevención del riesgo de catástrofes, promoviendo medidas que aumenten la capacidad natural para absorber carbono.
La cuantía máxima concedida podrá alcanzar hasta el 100% del presupuesto aceptado para gastos subvencionables. En el caso de municipios grandes (línea 1), la ayuda máxima por proyecto será de 500.000 euros; mientras que para municipios pequeños (línea 2), el límite asciende a 250.000 euros. En ambos casos, se establece una cuantía mínima de subvención de 50.000 euros para asegurar un impacto significativo en el ámbito local.
Acciones propuestas y plazos
Las actuaciones subvencionables incluyen intervenciones destinadas a renaturalizar entornos urbanos y mejorar el confort climático, tales como la creación de espacios verdes urbanos, parques, jardines y huertos urbanos, así como techos verdes y áreas recreativas arboladas. También se consideran cubiertas ajardinadas y jardines verticales en edificios públicos.
Aparte, se contempla la creación de espacios verdes en centros educativos e iniciativas para restaurar ecosistemas costeros mediante vegetación autóctona o regeneración de humedales costeros. Estas acciones buscan fortalecer estos ecosistemas como amortiguadores naturales ante fenómenos extremos.
Método para solicitar las ayudas
Las solicitudes deben presentarse exclusivamente por medios electrónicos siguiendo la normativa sobre procedimiento administrativo común. El plazo será de tres meses desde la publicación del extracto en el BOJA. La instrucción y resolución se realizará por orden correlativo siempre que las solicitudes estén completas y dentro del presupuesto disponible.
El órgano competente tendrá un plazo máximo de seis meses para resolver las solicitudes desde su entrada en registro electrónico.
La noticia en cifras
| Cifra |
Descripción |
| 5 millones de euros |
Presupuesto total de las ayudas |
| 2,5 millones de euros |
Dotación total por cada línea de subvención (municipios grandes y pequeños) |
| 500.000 euros |
Ayuda máxima por proyecto para municipios con más de 50.000 habitantes |
| 250.000 euros |
Ayuda máxima por proyecto para municipios con menos de 50.000 habitantes |