La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha implementado un nuevo criterio que permitirá, de manera excepcional, la exención del requisito de contar con el certificado profesional de habilitación para aquellos que deseen ejercer como docentes en acciones formativas de los grados A, B y C del Sistema de Formación Profesional.
Esta resolución fue publicada recientemente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y tiene como objetivo unificar y homogeneizar el tratamiento de las situaciones en las que se podrá eximir a los formadores de cumplir con la competencia docente, según lo estipulado en el artículo 168 del Real Decreto 659/2023. Para más información sobre esta normativa, se puede consultar este enlace.
Condiciones para la Exención
La exención será aplicable a personas que cuenten con ciertas titulaciones universitarias o de Formación Profesional durante su primera acción formativa. Además, también beneficiará a profesionales expertos que puedan demostrar al menos cuatro años de experiencia relacionada con los módulos o bloques formativos que vayan a impartir.
Es importante señalar que cualquier entidad formativa interesada deberá presentar previamente una oferta de empleo ante el Servicio Andaluz de Empleo y difundirla en toda Andalucía. En caso de no recibir candidaturas adecuadas, la oficina de empleo deberá certificar esta situación.
Limitaciones y Objetivos
La aplicación de esta exención estará sujeta a la validación por parte de la Delegación Territorial correspondiente, quien deberá confirmar el cumplimiento del resto de requisitos exigidos al personal formador.
A pesar de esta medida excepcional, es fundamental destacar que la exención estará limitada únicamente a la acción formativa específica que se imparta. No se reconocerá permanentemente la competencia docente ni generará derechos para futuros cursos sin haber acreditado los requisitos necesarios.
Con este nuevo criterio, la Consejería busca evitar que la falta temporal de docentes impida llevar a cabo acciones formativas alineadas con las demandas del mercado laboral, todo ello manteniendo los controles y garantías establecidos por la normativa vigente. Esta resolución comenzará a tener efecto desde el 11 de septiembre de 2026.