El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía concluye que no es posible revocar una sentencia absolutoria en apelación basándose únicamente en la valoración de pruebas personales si no se ha solicitado la nulidad del juicio
La Sala de lo Civil y Penal califica los hechos ocurridos en la capital almeriense como un delito continuado y corrige la resolución de la Audiencia Provincial por falta de motivación en la medida de expulsión del Estado español.