La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado las condenas impuestas a tres hombres acusados de introducir en España casi dos toneladas de hachís a través del puerto deportivo de Almerimar, en El Ejido (Almería). Los hechos ocurrieron en abril de 2021 y suponen uno de los alijos de droga más voluminosos intervenidos en la zona en los últimos años, con un valor estimado en el mercado ilícito de más de 3,4 millones de euros.
Según recoge la sentencia, los tres acusados actuaron de forma coordinada para llevar a cabo la operación, que comenzó en alta mar con el traslado del estupefaciente a bordo de una embarcación propiedad de uno de los condenados. Una vez en el puerto de Almerimar, otros individuos —ocho personas de origen africano cuya identidad no ha podido ser determinada— realizaron la descarga del hachís, cargando los 59 fardos en una furgoneta alquilada que esperaba en el muelle.
La intervención de la Guardia Civil fue clave para interceptar el vehículo poco después de su salida del puerto. La furgoneta, cargada con la droga, iba precedida por un turismo que hacía las funciones de lanzadera, presumiblemente para alertar de posibles controles policiales.
En el interior del vehículo se hallaron 1.728 kilos de resina de cannabis, con una pureza del 34,46 %. Además, durante los registros se incautaron varios vehículos implicados en la operación, teléfonos móviles, y 3.200 euros en efectivo, así como un billete de 200 dirhams, procedentes supuestamente de la actividad ilícita.
Condenas ratificadas
La Audiencia Provincial de Almería condenó en mayo de 2024 a los tres acusados como autores de un delito contra la salud pública, en su modalidad de sustancias que no causan grave daño, pero en cantidad de notoria importancia y con utilización de embarcación como medio específico, lo que eleva la gravedad del delito. Uno de ellos, con antecedentes penales previos por hechos similares, recibió una pena de 5 años y 9 meses de prisión, además de dos multas que suman 18 millones de euros.
Los otros dos fueron condenados a 4 años y 9 meses, también con cuantiosas multas. No obstante, el TSJA ha estimado parcialmente el recurso presentado por la defensa de uno de ellos, rebajando su pena a 3 años y 6 meses al considerar que su papel se limitó a labores de vigilancia en la carretera, sin participar directamente en el transporte ni en la descarga de la droga. El tribunal ha valorado su escasa intervención para aplicar una agravación menor en la escala penal, aunque mantiene las sanciones económicas.
El fallo judicial también confirma el decomiso de los vehículos implicados, incluidos la embarcación y un turismo de alta gama que, según se probó en el juicio, fue adquirido con beneficios del narcotráfico. El condenado que alegó que el coche no procedía del delito no pudo acreditar ingresos legales ni actividad laboral conocida.
La operación
El entramado criminal puso de manifiesto un alto grado de organización. La embarcación fue revisada y equipada previamente para su travesía, y la coordinación entre los acusados y los individuos que realizaron la descarga se ejecutó con precisión temporal. Uno de los acusados admitió durante el juicio que sospechaba que transportaba hachís, pero alegó que fue contratado solo para conducir la furgoneta y que desconocía el contenido exacto del cargamento.
El tribunal no dio credibilidad a esta versión, recordando que el acusado reconoció el fuerte olor de la sustancia y el pago de 1.200 euros por un simple traslado nocturno, lo cual consideró incompatible con la ignorancia del delito.
Posibilidad de recurso
La resolución del TSJA, dictada el pasado 7 de mayo, no es aún firme. Las partes disponen de un plazo de cinco días para preparar recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto, la sentencia será devuelta al tribunal de origen para su ejecución, en caso de no interponerse dicho recurso.