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Almería cede la instrucción de un macrofraude informático de 100.000 euros a la justicia gallega

Almería cede la instrucción de un macrofraude informático de 100.000 euros a la justicia gallega

El Tribunal Supremo resuelve que el Juzgado de Instrucción número 2 de la capital almeriense debe inhibirse en favor de El Ferrol al ser el lugar donde se consumó la estafa

Por Rafael M. Martos
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directornoticiasdealmeriacom/8/8/26
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lunes 09 de febrero de 2026, 06:00h
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado un auto por el cual atribuye la competencia exclusiva para investigar una estafa informática de gran envergadura a los juzgados de El Ferrol, obligando al Juzgado de Instrucción número 2 de Almería a inhibirse de las actuaciones que mantenía abiertas hasta la fecha. El conflicto jurisdiccional, resuelto el pasado 29 de enero de 2026, enfrentaba a órganos judiciales de Galicia, Cataluña y la provincia almeriense por el conocimiento de unos hechos que podrían constituir delitos de estafa y blanqueo de capitales cometidos a través de diversos puntos de España. La decisión del alto tribunal se fundamenta en la necesidad de centralizar la instrucción en el punto donde se originó el engaño y donde la entidad perjudicada sufrió el menoscabo económico directo, lo que supone el traslado definitivo de las Diligencias Previas 1151/2025 que se tramitaban en la ciudad de Almería.

El origen de la causa se sitúa en una denuncia interpuesta por la representación de una empresa dedicada a la administración de fincas con sede en El Ferrol. Según el relato de los hechos recogido en el procedimiento, la entidad fue víctima de un engaño orquestado mediante canales telemáticos en el que los autores simularon un "intento de reparar una serie de transferencias fraudulentamente realizadas" en las cuentas de la sociedad. Bajo esta falsa premisa, la empresa realizó diversas disposiciones patrimoniales creyendo erróneamente que evitaba un fraude mayor. El perjuicio económico inicial alcanzó la cifra de 106.707,04 euros, aunque con posterioridad a la denuncia se logró recuperar una suma de 32.426,7 euros. La complejidad del caso radica en que el destino de los fondos defraudados fue variado, lo que implicó que los titulares de las cuentas receptoras residieran en distintos partidos judiciales del Estado español, entre ellos el de Almería.

La intervención de la justicia almeriense se produjo tras detectarse movimientos de capital hacia cuentas radicadas en la provincia, lo que motivó la apertura de una investigación independiente por parte del Juzgado de Instrucción número 2. Sin embargo, tras plantearse la cuestión de competencia negativa, el Tribunal Supremo ha aplicado el principio de ubicuidad para determinar la sede idónea del proceso. En su razonamiento, el magistrado ponente Andrés Martínez Arrieta sostiene que el núcleo del delito es el acto de disposición patrimonial realizado por error, afirmando que "la errónea disposición patrimonial de la víctima determina la consumación del delito y es por ello la mejor referencia para determinar el lugar y el momento de su comisión". En este caso, al estar la empresa y su gestión financiera radicadas en tierras gallegas, es allí donde se considera que el delito alcanzó su perfección material.

La resolución judicial aclara que el hecho de que el dinero acabara en cuentas corrientes de Almería no justifica que la instrucción se fragmente o se traslade fuera de la localidad de la víctima. Según el auto, la recepción de los fondos en estos puntos geográficos "pertenece a la fase del agotamiento" del delito, pero no altera el lugar de su ejecución inicial. Además, el tribunal destaca que, aunque la investigación sea laboriosa por la dispersión de las cuentas, no reviste una complejidad tecnológica excepcional que exija aplicar criterios de funcionalidad en favor del domicilio de los investigados. Por ello, se concluye que debe primar la regla de dar prioridad al juzgado donde se sitúa el domicilio del perjudicado y donde se percibió el engaño.

Con este fallo definitivo, contra el que "no cabe recurso alguno", el Juzgado de Instrucción número 2 de Almería deberá remitir todo lo actuado al Juzgado de Instrucción número 1 de El Ferrol. Esta medida busca garantizar una instrucción unitaria y eficiente, evitando duplicidades judiciales y asegurando que el proceso por este macrofraude informático se gestione desde el centro operativo donde se produjo la "percepción del engaño" y el primer "desplazamiento económico". La decisión judicial cierra así la participación de la sede almeriense en la dirección de la causa, supeditando las futuras diligencias sobre las cuentas de la provincia a lo que determine la autoridad judicial competente en Galicia.

Rafael M. Martos

Editor de Noticias de Almería y Coordinador de la Delegación en Almeria de 7TV Andalucía

Periodista. Autor de "No les va a gustar", "Palomares en los papeles secretos EEUU", "Bandera de la infamia", "Más allá del cementerio azul", "Covid19: Diario del confinamiento" y "Por Andalucía Libre: La postverdad construida sobre la lucha por la autonomía andaluza". Y también de las novelas "Todo por la patria", "Una bala en el faro" y "El río que mueve Andorra"

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