Un hombre de 23 años fue condenado por la Audiencia Provincial de Almería a una pena total de siete años y nueve meses de prisión por abusar sexualmente de su pareja, una menor de 14 años que quedó embarazada. Además, el hombre maltrató a la joven hasta que ella decidió terminar la relación que duró más de un año.
Después de que terminaron su relación, el acusado amenazó repetidamente a la víctima a través de Whastsapp. Le dijo que le causaría daño físico y que publicaría fotos con contenido sexual en redes sociales.
El acusado fue condenado a cinco años y seis meses de prisión por abuso sexual continuado a un menor de 16 años. La pena impuesta fue considerada muy cercana al mínimo legal debido a que los comportamientos sexuales ocurrieron en el contexto de una relación prolongada y con la aceptación del entorno familiar de la víctima.
La atenuante se aplica como muy cualificada, pero se matiza que debido a la gran diferencia de edad entre el acusado y la menor, y la repetición de los actos sexuales, se reduce en un grado.
La sala ha decidido que la pena para el delito continuado debería ser castigada en su mitad superior, lo que equivale a una penalidad de cinco a diez años. A pesar de esto, se ha individualizado la pena en cinco años y seis meses, muy cerca del mínimo legal. Esto va en contra del criterio de la Fiscalía, que había solicitado una pena de 11 años de prisión.
El acusado ha sido condenado a siete meses de prisión por un delito de maltrato en el ámbito de la violencia contra la mujer y a 20 meses de cárcel por amenazas no condicionales, según una sentencia consultada por Europa Press. Además, se ha aplicado la agravante mixta de parentesco en este último caso.
De acuerdo con los hechos probados, un joven de 23 años comenzó una relación sentimental en 2018 con una víctima de 14 años. Durante esta relación, el joven mantuvo relaciones sexuales "consumadas" en varias ocasiones con la intención de satisfacer sus deseos libidinosos, a pesar de ser consciente de que la víctima era menor de edad.
Durante el "noviazgo", hubo encuentros tanto en la casa del acusado como en la residencia familiar de la adolescente. La madre de la adolescente conocía y toleraba esta situación al menos desde que ella quedó embarazada unos meses después.
La resolución menciona que la pareja discutía por celos y en una ocasión el acusado se enfadó al ver un mensaje de un chico en el teléfono de su pareja, lo que resultó en violencia física.
El acusado, quien según el tribunal no aceptó la ruptura de su relación sentimental con la menor, envió mensajes y realizó llamadas por Whatsapp con la intención de atemorizarla e infundirle miedo. En dichas comunicaciones, utilizó expresiones como "ahora te hago todo, te quemo la cara y de todo".
La sentencia detalla que el acusado amenazó a la víctima con publicar fotografías y videos íntimos de contenido sexual en las redes sociales para "amedrentarla" y evitar que presentara una denuncia contra él. La víctima sintió temor de que el acusado pudiera disponer de esas imágenes y difundirlas.
La Audiencia Provincial de Almería ha impuesto una serie de medidas a un individuo, además de la pena privativa de libertad. Estas medidas incluyen la prohibición de comunicarse con la víctima y alejamiento a menos de 200 metros durante 13 años, inhabilitación para cualquier trabajo que involucre contacto directo y regular con menores de edad por tiempo indefinido, libertad vigilada por nueve años y el pago de una indemnización de 5.000 euros.