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Ratificada la condena por el tiroteo en Aguadulce
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Ratificada la condena por el tiroteo en Aguadulce

El Alto Tribunal Andaluz mantiene las penas de hasta nueve años y nueve meses de cárcel para los implicados que planificaron y ejecutaron el ataque en Roquetas de Mar

Por Rafael M. Martos
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martes 07 de octubre de 2025, 12:37h
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La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Granada, ha desestimado el recurso de apelación y ha confirmado íntegramente la sentencia dictada previamente por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, ratificando la condena impuesta a dos individuos como autores de un delito de asesinato en grado de tentativa y de tenencia ilícita de arma de fuego corta, así como a un tercero en calidad de cómplice de la tentativa de asesinato y coautor del delito de armas.

Los hechos probados, que se desarrollaron en la localidad turística de Aguadulce, dentro del término municipal de Roquetas de Mar, tuvieron lugar en la madrugada del catorce de diciembre de 2022.

El origen del ataque reside en desavenencias que existían entre la víctima y uno de los condenados, quienes previamente habían sido amigos y compañeros en un grupo musical. Este individuo, residente en la ciudad de Almería, decidió dar muerte a su antiguo compañero, concertándose a tal efecto con otros dos hombres. Uno de ellos, quien compartió domicilio con el promotor del plan en Almería, fue el encargado de ejecutar los disparos. El tercer individuo se había desplazado desde Oviedo a la provincia almeriense el doce de diciembre de 2022 para unirse al plan criminal.
La planificación incluyó el alquiler de un vehículo en la entidad Europcar por parte de uno de los condenados con el objetivo de pasar desapercibido. El trece de diciembre, los tres procesados se trasladaron a Aguadulce para conocer los movimientos de la víctima. Con el fin de provocar su presencia en las inmediaciones de un establecimiento de ocio, uno de los autores solicitó al camarero del local que contactara con la víctima para que le proporcionara cocaína.
A escasos minutos de la medianoche, cuando la víctima llegó al lugar a bordo de su vehículo y se detuvo, uno de los autores, que portaba una pistola del calibre 7,65 mm Browning cuya tenencia era ilícita y se encontraba en perfecto estado de funcionamiento, cruzó la rambla desde el Paseo de los Olmos. Actuando de forma súbita e inopinada por la ventanilla del conductor, y en ejecución de lo acordado, disparó seis veces con la intención de acabar con la vida del perjudicado, aprovechando que este no podía defenderse.
El propósito criminal no se consumó debido a que la víctima reaccionó girándose hacia el asiento derecho y, al ser el coche automático, este se desplazó hacia adelante al retirar el pie del pedal del freno, impactando contra unos contenedores de basura. A pesar de los seis disparos, solo uno de los proyectiles alcanzó a la víctima. Como resultado del ataque, la persona perjudicada sufrió dos heridas por arma de fuego, una con orificio de entrada en la cadera derecha y salida en el margen anal, además de una herida superficial en la parrilla costal izquierda. Las lesiones tardaron en curar treinta días, uno de ellos con ingreso hospitalario, y derivaron en dos cicatrices en la cadera derecha y margen anal, con una ligera repercusión estética. Tras el ataque, los tres condenados se dieron a la fuga en dirección a Almería.

Penas de prisión y responsabilidad civil

La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ratifica las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Almería.

Los dos principales autores de la tentativa de asesinato fueron condenados a sendas penas principales de ocho años y seis meses de prisión por este delito, sumadas a la condena de un año y tres meses de prisión por el delito de tenencia de arma de fuego corta sin licencia. El total de la pena de prisión efectiva para cada uno de ellos asciende a nueve años y nueve meses. A estas condenas se añade la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima por un periodo de diecisiete años, además de la medida de libertad vigilada por un tiempo de cinco años para cada uno.
El tercer implicado, que actuó como cómplice en la tentativa de asesinato, fue condenado a cuatro años y nueve meses de prisión, a los que se suman un año y tres meses de prisión por el delito de tenencia de arma de fuego corta , sumando seis años de prisión. Para él, se impuso una prohibición de aproximación y comunicación con la víctima por nueve años y nueve meses, y tres años de libertad vigilada.
En cuanto a la responsabilidad civil, los dos principales condenados deberán indemnizar a la víctima de manera solidaria en la cantidad de doce mil quinientos sesenta euros, distribuidos en 1.260 euros por las lesiones, 1.300 euros por las secuelas derivadas y 10.000 euros en concepto de daños morales. El cómplice responde de estas sumas subsidiariamente.
El tribunal de la Comunidad Autónoma rechazó los argumentos de la defensa, que incluían la supuesta vulneración del derecho a un juez imparcial y el error en la valoración de la prueba, sosteniendo la Audiencia de Almería la credibilidad de la declaración de la víctima y el testigo presencial, y considerando la acción como un ataque totalmente alevoso, dirigido a una persona inerme mediante seis disparos a corta distancia con un arma de fuego.

Rafael M. Martos

Editor de Noticias de Almería

Periodista. Autor de "No les va a gustar", "Palomares en los papeles secretos EEUU", "Bandera de la infamia", "Más allá del cementerio azul", "Covid19: Diario del confinamiento" y "Por Andalucía Libre: La postverdad construida sobre la lucha por la autonomía andaluza". Y también de las novelas "Todo por la patria", "Una bala en el faro" y "El río que mueve Andorra"

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