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Un revés judicial obliga al Ayuntamiento de Almería a pagar casi 100.000 euros por una sanción anulada
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Un revés judicial obliga al Ayuntamiento de Almería a pagar casi 100.000 euros por una sanción anulada

El juzgado dictamina que la empresa de mantenimiento de áreas infantiles cumplió con sus obligaciones y que las deficiencias señaladas eran previas a la adjudicación del servicio

viernes 06 de febrero de 2026, 18:11h
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El Ayuntamiento de Almería se enfrenta a un importante desembolso económico tras la última resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de la capital. La sentencia anula la sanción impuesta en su día a la empresa encargada del mantenimiento de las áreas infantiles y biosaludables de la ciudad, obligando a las arcas municipales a abonar una cantidad que roza los 100.000 euros. El fallo judicial pone fin a un conflicto que comenzó hace varios años y que supone una rectificación contundente a la gestión de los contratos de servicios públicos en el municipio.

Los hechos que han motivado este desenlace se remontan a septiembre del año 2018, momento en el que la Junta de Gobierno Local decidió aplicar una deducción de 80.657,60 euros a la mercantil adjudicataria, Onet Iberia Solucione. En aquel entonces, la administración local fundamentó esta decisión en un supuesto cumplimiento defectuoso de las tareas contratadas. Entre las deficiencias señaladas por el consistorio se encontraban la omisión de labores de pintura en el mobiliario urbano, la falta de mantenimiento general en las instalaciones, retrasos considerables en la entrega de la planimetría requerida y el impago de diversas herramientas tecnológicas, tales como una aplicación móvil específica y una línea telefónica de atención al usuario que formaban parte del pliego de condiciones.

Ante esta situación, la empresa afectada decidió elevar el caso a la justicia ordinaria a través del Procedimiento Ordinario 510/2018. Durante el proceso desarrollado en Almería, la mercantil consiguió acreditar, mediante una exhaustiva labor de pruebas documentales y testimoniales, que había cumplido rigurosamente con sus obligaciones contractuales. De forma determinante, el magistrado ha valorado que gran parte de los desperfectos y problemas de conservación denunciados por el Ayuntamiento eran en realidad situaciones previas a la firma del contrato y, por tanto, no eran responsabilidad de la nueva adjudicataria. La sentencia establece que el consistorio no fue capaz de demostrar fehacientemente los supuestos incumplimientos que motivaron la retención del pago, declarando que la actuación administrativa no se ajustó a derecho.

Como consecuencia directa de esta resolución judicial, el Ayuntamiento de Almería debe devolver de forma íntegra los 80.657 euros que fueron retenidos de manera indebida. A esta cifra se le debe sumar una penalización adicional en concepto de intereses de demora por el extenso tiempo transcurrido desde el inicio del litigio. Los servicios técnicos municipales han cuantificado estos intereses en 17.588,88 euros, lo que eleva la factura final que deberá asumir la administración local por encima de los 98.000 euros, cerrando así un episodio de desavenencias contractuales con un alto coste para la gestión de la ciudad.

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