La Audiencia Provincial ha exonerado al alcalde de Viator, Manuel Jesús Flores (PSOE), quien se enfrentaba a una demanda fiscal de 14 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por presunta prevaricación, concluyendo que en la adjudicación de las obras menores por las que estaba acusado solo hubo "meras irregularidades administrativas claramente corregibles", y que no empleó el procedimiento administrativo de "forma fraudulenta y sabiendo de su ilegalidad", de forma "arbitraria" o "en detrimento del interés público".
El tribunal, que también declara la inocencia de los concejales del equipo de gobierno, destaca que Flores "informó de forma inmediata al pleno para que todos quedaran al tanto y buscaran una solución" a la situación cuando el secretario municipal, una vez comenzadas las obras, emitió el informe en el que se detallaba que los acuerdos adoptados "podrían infringir las normas de la contratación administrativa y que debió utilizarse un procedimiento con concurrencia y publicidad y no el de los contratos menores".
Según la sentencia el acusado tenía una clara intencionalidad , ya que la denunciante, que era un concejal de la oposición, afirmó durante el acto del juicio haber tenido conocimiento de las presuntas irregularidades en el pleno que el alcalde socialista convocó de manera urgente pocos días después de que se emitiera el informe.
El tribunal destaca que de la prueba practicada en el acto del juicio surgen conclusiones "claras", que indican que "efectivamente existieron tres obras completamente diferenciadas" y que la "intención" tanto por parte de los responsables del Ayuntamiento que encargaron el proyecto como por la arquitecta que lo realizó "era que se tratara de tres proyectos distintos desde el principio".
La Audiencia Provincial ha trasladado que se produjo una irregularidad administrativa al tratarse de tres actuaciones diferenciadas pero se tramitó un único expediente. Esta irregularidad consistió en que, a pesar de que siempre se trató de tres actuaciones diferenciadas, se emitió un único informe técnico en el mismo expediente. Esta situación fue causada por la decisión del secretario que montó el expediente, con ayuda del funcionario que le tocaba, sin que quedara del todo claro que se trataba de tres proyectos. Aunque la irregularidad administrativa puede atribuirse a los acusados, la Audiencia Provincial señala que en este caso es dudoso que pueda hacerlo.
Se detalla que resulrta "muy dudoso" el asunto, y es imposible hablar de una "resolución administrativa frontalmente contraria" al ordenamiento jurídico. Menos aún se puede hablar que se trate de una resolución "arbitraria y dictada a sabiendas de su injusticia", según lo establecido por el tribunal. Al analizar la prueba desplegada en el acto del juicio, se llega a la conclusión de que las adjudicaciones se realizaron sin ninguna intención de infringir la ley. Además, el tribunal también detectó que en algunas adjudicaciones se produjeron errores, pero que posteriormente fueron corregidos. Esto demuestra que los acusados no actuaron maliciosamente a sabiendas de que sus acciones infringían la ley.
El tribunal concluyó que, tras evaluar la prueba presentada en el juicio, no se puede afirmar de forma indubitada que la supuesta exclusión de algunas unidades de obra en el proyecto inicial se haya realizado de forma injustificada. Tampoco puede afirmarse de forma segura que la adjudicación por más de la cantidad determinada en el proyecto no se tratara en efecto de un error material. El Ministerio Público sostenía que los acusados habían cometido un delito continuado de prevaricación por realizar adjudicaciones sin tramitar ningún expediente ni pedir informe a la secretaría-intervención del Ayuntamiento, sin embargo, la defensa argumentó que no existía ninguna irregularidad. Finalmente, el tribunal dictó sentencia absolutoria con todos los pronunciamientos favorables para los acusados, lo que fue celebrado por el abogado de la defensa.
Según la narración, los hechos se remontan al año 2017, cuando con la mayoría absoluta del alcalde, tres actuaciones urbanísticas fueron promovidas en el municipio de Viator: la Plaza Candela, la Escalera del Cerro de la Cruz y el Mirador del Cerro de la Cruz. Estas tres obras fueron financiadas con un solo crédito presupuestario, pero luego se dividieron en tres contratos individuales, cada uno por un valor inferior a 50.000 euros, y fueron consideradas como obra menor. Estos tres contratos fueron adjudicados por el Ayuntamiento el 9 y 20 de noviembre de 2017, sin ninguna objeción por parte del secretario, quien era el encargado de velar por la legalidad de los órganos municipales.
Sin embargo, el 6 de enero de 2018, el secretario del Ayuntamiento de Viator emitió una nota que cuestionaba la legalidad de los contratos. Esta nota fue comunicada a todos los miembros de la corporación municipal en el siguiente pleno, celebrado el 29 de enero, por el alcalde. La concejala de la oposición y la ex alcaldesa presentaron una denuncia penal como resultado.