Las elecciones generales del 23 de julio pondrán en marcha un proceso de renovación de los poderes legislativo y ejecutivo del Estado de Derecho. Los nuevos diputados y senadores se constituirán el 17 de agosto y el Rey iniciará una ronda de consultas con los portavoces parlamentarios para proponer un candidato a la presidencia del Gobierno. El proceso tendrá distintas fases y plazos, algunos de ellos no reglados, que dependerán de los resultados electorales y de los posibles acuerdos entre las fuerzas políticas. Estas son las fechas clave: El 23 de julio se cierran los colegios electorales y se inicia el recuento de las papeletas, que incluye los votos por correo y los de los miembros de la mesa2. Sobre las 22.00 horas se conocerán los datos generales con un alto nivel de escrutinio. El 28 de julio comienza el escrutinio general en las juntas electorales provinciales, que tienen hasta el 31 de julio para completar su labor. En este recuento se incluyen los votos del extranjero de los residentes ausentes. A partir del 8 de agosto, una vez resueltos todos los recursos, se proclamarán los resultados y se expedirán las credenciales para que los diputados y senadores puedan acreditarse en el Congreso y en el Senado. El 17 de agosto se constituyen simultáneamente el Congreso y el Senado. Los parlamentarios eligen a los presidentes y las Mesas de las Cámaras y prometen o juran la Constitución7. Ese mismo día, el presidente del Congreso informará al Rey. La semana del 21 de agosto, el Rey convocará en Zarzuela a los representantes de todas las formaciones con presencia en el Congreso para decidir a quién encarga someterse a la sesión de investidura. El 24 de agosto se calcula que acabará el plazo para formar los grupos parlamentarios del Congreso, que deberán ser ratificados por la Mesa del Congreso para constituir la Junta de Portavoces y distribuir los escaños del hemiciclo. La primera semana de septiembre, si hay una mayoría clara o un acuerdo entre algunas fuerzas políticas, se podría celebrar el debate de investidura. Será investido presidente aquel candidato que consiga la mayoría absoluta (176 diputados) en la primera votación o más votos a favor que en contra en la segunda votación, 48 horas después. Si se logra la investidura al primer intento, el nuevo presidente podría tomar posesión el 8 de septiembre y nombrar a sus ministros Con un Ejecutivo ya en funciones se podrá celebrar la sesión solemne de apertura de legislatura, presidida por el Rey, lo que no se espera hasta octubre. Si no se logra la investidura en ese debate, tras la primera votación fallida comienza a contar un plazo de dos meses para posibles nuevos intentos. Si hay un fracaso a principios de octubre y no se logra una alternativa viable en los dos meses posteriores, habría que disolver las Cortes nuevamente en noviembre y celebrar elecciones a los 47 días, o sea en fechas navideñas.