NOTICIASDEALMERIA.COM La protagonista de esta historia es una vecina de Roquetas de Mar, en Almería, que ha vivido cómo divorciarse la dejó en una situación de insolvencia, con multitud de préstamos que no podía asumir. En 2008, tras poner fin a su matrimonio, asumió la responsabilidad del 50% de las deudas conyugales. La poca implicación de la otra parte generó muchas reclamaciones a su persona, terminando en impagos de la deuda y amenazas de embargo.
La ejecución recibida sobre su vivienda fue imposible de parar y la vivienda acabó adjudicándose al banco. Esto no acabó aquí, ya que la liquidación no saldó la deuda entera y le seguían reclamando casi 40.000 euros. Teniendo en cuenta que tenía 4 hijos que mantener y que solo contaba con sus ingresos por incapacidad, por sí sola era inviable que solucionara el problema.
En 2020, tras algunos ataques de ansiedad tras sentir impotencia ante la imposibilidad de acabar con las reclamaciones y ejecuciones judiciales, decidió buscar una salida y contactó con los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Los letrados estudiaron su caso y comprobaron que era evidente la necesidad de tramitar la Ley de la Segunda Oportunidad.
Tal y como explica Pepe Domínguez, abogado de la Asociación, “las personas que normalizan el no poder afrontar sus deudas y huir constantemente de embargos y tener bienes a su nombre se muestran incrédulas ante este procedimiento. Afortunadamente, esta asociada se convenció de que la Ley de la Segunda Oportunidad era su única salida y hoy estamos celebrando juntos su nueva vida”.
Cómo se puede lograr el perdón judicial de las deudas bancarias
El primer objetivo marcado por la Asociación fue dar un respiro a la deudora, suspendiendo judicialmente sus embargos y la obligación de pagar los créditos pendientes. Esto, según los abogados, se consigue relativamente rápido, gracias a la presentación de un preconcurso de acreedores.
Logrado este primer hito, se propuso en notaría una propuesta de pagos para pagar una cantidad asumible al mes por la interesada a todos los acreedores. Este intento de acuerdo fue rechazado por todos los acreedores.
Merece la pena apuntar que dicha propuesta de pagos ya no es un requisito para obtener la cancelación de las deudas desde el pasado 26 de septiembre, fecha en que entró en vigor la última reforma concursal. En palabras del letrado Pepe Domínguez, “proponer un acuerdo extrajudicial de pagos generaba un proceso más largo y caro de lo habitual. Además es poco efectivo porque el 99% de los acreedores rechazan o, directamente, ni acuden. Esta nueva Ley de la Segunda Oportunidad permite un proceso mucho más eficiente”.
Una vez certificado el intento de acuerdo, tocaba ya pedir el perdón de la deuda solicitando un concurso de acreedores. En este trámite judicial sería el juez competente el que estudiaría si se cumplían los requisitos para acceder a la liberación del 100% de las deudas. Estos son, en definitiva, tres: ser insolvente, no haber estado declarado en concurso de acreedores en los últimos cinco años y carecer de antecedentes penales socioeconómicos.
Tras verificarlo, el Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Roquetas de Mar no ha tenido opción y ha dictado el auto concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando libres de 36.835,71 euros a esta deudora, permitiendo esa segunda oportunidad que lleva esperando 15 años.
Desde ahora, los acreedores de la asociada -entre ellos algunos como BBVA, Caixabank o Cetelem- no pueden reclamar nada más ni incluir a la ex-deudora en ficheros de morosos.
Ya son más de 95 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que llevamos de 2022. Existen otras sentencias de gran éxito como la conseguida el 15 de septiembre en Alcalá de Henares (Madrid), exonerando 540.000 euros incluyendo deuda con Seguridad Social y Hacienda y manteniendo vivienda y dos vehículos.