La Audiencia Provincial de Almería ha dictado una sentencia absolutoria para un empresario que había sido acusado de introducir en la provincia hasta 29 kilos de cocaína procedentes de Canarias. El estupefaciente fue interceptado en un vehículo que transportaba maquinaria de construcción en el término municipal de El Ejido en el año 2021.
La Sección Tercera del tribunal almeriense ha determinado que no ha quedado acreditada la participación del acusado en los portes de droga más allá de su rol como líder de la actividad empresarial. En su fallo, la Audiencia señala la ausencia de una prueba “clara e indubitada” que permita sostener una condena por el delito contra la salud pública que le imputaba la Fiscalía, la cual solicitaba una pena de ocho años y medio de cárcel y una multa de 12 millones de euros.
Las pruebas practicadas durante el juicio no lograron demostrar ante el tribunal que el empresario tuviera una conexión “cierta y directa” con los 28,9 kilos de cocaína intervenidos en abril de 2021. La droga, cuyo valor en el mercado ilícito superaba los tres millones de euros, fue hallada oculta en las ruedas de repuesto de un semirremolque que había sido empleado para el traslado de maquinaria perteneciente a la empresa del acusado.
El acusado reconoció en la Sala haber adquirido la mercantil en octubre de 2020, fijando su domicilio social en su vivienda de alquiler en Aguadulce. Posteriormente, compró un rulo compactador que en los meses siguientes movió entre Huelva y las Islas Canarias mediante la contratación de una empresa de transportes, servicio que también utilizó para el traslado de otras máquinas similares.
El tribunal hace hincapié en el viaje de vuelta desde Canarias que realizó un rodillo compactador supuestamente averiado el 8 de abril de 2021, once días antes de la intervención policial. La sentencia subraya que “no existe prueba alguna que vincule dicho porte con los paquetes de cocaína” que fueron interceptados en El Ejido, más allá de que el estupefaciente estuviera escondido en dos ruedas de repuesto del mismo semirremolque que se utilizó en ese traslado.
A este respecto, la resolución judicial destaca que la máquina que supuestamente estaba averiada “no fue encontrada a lo largo de la investigación”, por lo que “se desconoce si había sido manipulada o adaptada para albergar el estupefaciente”. La Audiencia concluye que afirmar que la droga se introdujo en la Península de esa forma y que esa fue la partida incautada por el dispositivo policial, “no pasa de ser una hipótesis más o menos fundada, pero no alcanza en absoluto el rango de prueba incontrovertible susceptible de sustentar un fallo condenatorio”.
El acusado por esta causa fue localizado y arrestado el 27 de octubre de 2024 en un aeropuerto de Francia, a donde había llegado procedente de República Dominicana. Su detención se produjo a raíz de una orden de detención europea que se había emitido dos años y medio antes en el marco de la investigación, lo que motivó su posterior extradición a España. Contra la sentencia cabe recurso de apelación.